lunes, 24 de enero de 2011

Punto de acuerdo de la V Asamblea Legislativa del DF acerca de trabajadores del DF



Dip. Erasto Ensástiga Santiago                                    
 
Gaceta Parlamentaria de la ALDF
19 de enero de 2011. Núm. 110. Año 02
Pag. 3
 
Proposición 11
                                                                                                                   

DIP. JOSÉ ARTURO LÓPEZ CÁNDIDO
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL V LEGISLATURA
P R E S E N T E.


H. ASAMBLEA LEGISLATIVA


El suscrito Diputado Erasto Ensástiga Santiago de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, V LEGISLATURA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 fracción VI de la Ley Orgánica y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa, para que sea turnado a la Comisión correspondiente, el siguiente:

“PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL DIRECTOR GENERAL DR. JOSÉ DE JESÚS BAZAN LEVY Y AUTORIDADES DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL, A EFECTO DE QUE LA REVISIÓN CONTRACTUAL Y SALARIAL DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, CORRESPONDIENTE A LOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS Y ACADÉMICOS, PREVISTA PARA EL PRESENTE AÑO, SE LLEVE A CABO CON ESTRICTO APEGO A DERECHO.” De conformidad con los siguientes


A N T E C E D E N T E S


1.- En este año, y a solicitud del “Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior” del Distrito Federal, se llevará a cabo la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo que incluye la revisión salarial, tanto de la Planta Docente como de los Trabajadores Administrativos que laboran en el INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL, (IEMS), la cual, conforme al propio contrato, debe llevarse a cabo como fecha límite antes del 1° de abril próximo. En relación con la revisión de dicho contrato,  es importante  destacar algunos antecedentes y circunstancias que se han venido presentando en años anteriores.


2.- Es el caso que  en al año 2009 las autoridades del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL y el entonces Sindicato Independiente, (a quien  por razones de tipo legal en esos momentos le correspondió encabezar las  negociaciones)  cuyos representantes convinieron con dichas autoridades, y para dar por concluida la revisión salarial y contractual correspondiente a ese  año,  establecer  condiciones de trabajo de las que, a decir del “Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior” del Distrito Federal se desprenden claras desigualdades según se trate de trabajadores administrativos o académicos, tales como:

a)      Incremento salarial diferenciado, es decir, para el personal de base del Instituto el incremento fue: del 3% para el personal académico   del 5% para los trabajadores administrativos.

b)      Diferente duración de la jornada de trabajo, es decir: la jornada para los trabajadores administrativos es de 7 horas, mientras que para los trabajadores académicos es de 8 horas.

c)      En relación al otorgamiento de las plazas vacantes por defunción, el Contrato Colectivo de Trabajo establece que mientras que para los trabajadores administrativos  en el caso de alguna defunción, se les otorga una plaza a “pie de rama” a un familiar directo en un plazo no mayor a 60 días y para los trabajadores académicos, sólo se les otorga cuando el familiar cubra el perfil de la plaza del trabajador fallecido.

d)     Por cuanto hace a las licencias sin goce de sueldo, el Contrato Colectivo de Trabajo establece que el Instituto otorgará licencia sin goce de sueldo conforme a los lineamientos aprobados por el Consejo de Gobierno del Instituto, los que a su vez establecen que las licencias sin goce de salario para el personal académico se otorgarán por un semestre lectivo completo, incluyendo el curso semestral y el intersemestre respectivo, mientras que las de los trabajadores administrativos pueden otorgarse por 3 meses y 6 meses.

Existen otros casos de condiciones de trabajo diferenciadas según sea trabajador administrativo o académico tales como: el tiempo de tolerancia en los registros de asistencia, el día 10 de mayo de descanso obligatorio únicamente para madres trabajadoras y la  aplicación diferenciada en la hora de tolerancia para madres y padres trabajadores. En todas y cada una de estas condiciones, se desprende el desfavorecimiento para los trabajadores académicos.

Estos son algunos ejemplos de las condiciones de trabajo diferenciadas establecidas en el Contrato Colectivo de Trabajo vigente que regula las relaciones entre las autoridades del Instituto de Educación Media Superior y sus trabajadores según se trate de trabajadores  administrativos o docentes.


3.- No obstante las condiciones de trabajo diferenciadas a que he hecho alusión, en la revisión salarial y contractual  que también mencioné y que se llevó a cabo en el año de 2009, fueron restringidas algunas prestaciones establecidas en el propio Contrato mencionado, tales como reducción del tiempo en la hora de tolerancia a la mitad, la negativa a otorgar estímulo por puntualidad a los trabajadores, cuando hacen uso del derecho de que  gozan, consistente en  1 hora diaria para atender compromisos de índole profesional en otras instituciones académicas o diligencias de carácter judicial o administrativo, o tratándose de madres trabajadoras que gozan de permiso con goce de sueldo cuando sus hijos menores de 12 años que requieren cuidados maternos, también se les niega el estímulo por puntualidad, entre otras.

4.- Por otra parte, cabe destacar que el “Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior” del Distrito Federal (SUTIEMS), señala que se encuentran pendientes todavía las demandas laborales contenidas en su pliego petitorio tales como:

1.- 35% de incremento salarial.
2.- Renivelación salarial para los niveles 13 al 19 del tabulador.
3.- Integración de asignaciones adicionales y prestaciones al salario base.
4.- Pago del salario por catorcena (25 al año).
5.- Programa de ahorro para los trabajadores.
6.- Vales de fin de año para todos los trabajadores
7.- Reconocimiento de antigüedad.
8.- Gratificación por retiro por parte del Instituto (independiente de las de ley).
9.-Seguro de gastos médicos mayores
10.- Participación del Sindicato en el Consejo de Gobierno del Instituto, entre otras no menos importantes.

5.- Por otra parte se destaca también, que  los profesores de Lengua y Cultura Náhuatl que se encuentran contratados desde el mes de agosto de 2007 en las 17 preparatorias del Instituto de Educación Media Superior, lo están bajo  el régimen de prestación de servicios profesionales, razón  por la que carecen de los derechos que la Ley Federal del Trabajo establece  impidiéndoles un desempeño profesional acorde a las necesidades, como es el hecho de no poder proporcionar asesorías y tutorías y no contar con herramientas de trabajo mínimas como cubículos y equipo de informática, por ello, es que han ocurrido a demandar legalmente al instituto a fin de que les sean reconocidos tales derechos, lo que les ha traído como consecuencia, ya que así lo han manifestado, haber recibido actos intimidatorios por parte de las autoridades del IEMS, amenazándoles con no renovar sus contratos en febrero próximo.   



C O N S I D E R A N D O S



PRIMERO.- Una de las mayores preocupaciones del Gobierno Democrático del Distrito Federal, ha sido la educación, es por ello que se impulsó la creación de las Preparatorias a modo de que los jóvenes de la ciudad tuvieran mayores alternativas  para concluir el bachillerato y estar en condiciones de continuar con una carrera profesional, por ello también, es que se creó la Universidad de la Ciudad de México. El camino no ha sido fácil, se han encontrado obstáculos de toda índole, se cuestionó desde las facultades del  Distrito Federal  para otorgar educación a nivel medio y superior, hasta problemas de presupuesto, no obstante, la lucha continúa, la finalidad es que la Ciudad de México cuente con una  estructura educativa sólida, es por ello, que esta Asamblea Legislativa, continuando con la misma mística y  en búsqueda de los mecanismos y los medios para que esa educación llegue a más jóvenes cada día y puedan terminar una formación profesional que se traduzca en una sociedad más comprometida y responsable para con sus semejantes y su entorno, así como  un desarrollo profesional más certero, recientemente suscribió con la Universidad Nacional Autónoma de México el convenio para que 5000 jóvenes puedan continuar con sus estudios a nivel profesional, el esfuerzo, estoy seguro,  bien valdrá la pena. La historia lo juzgará.


SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 123 de la  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos  y la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tienen derecho a que se les otorgue las mejores condiciones laborales respetando su libertad  de asociación y evitando ser discriminados por la labor que desempeñen. En el caso concreto, las autoridades del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal, deben observar que dichos preceptos se cumplan para sus trabajadores, sean administrativos o académicos, otorgando las mejores condiciones de trabajo sin distinciones ni menoscabo de unos frente a otros, sino, procurando siempre con objetividad el mejoramiento permanente de las condiciones de trabajo para todos y teniendo siempre presente  que el personal académico tiene bajo su responsabilidad la siempre digna tarea de preparar a nuestros jóvenes hoy, que serán los que dirijan al país el día de mañana.    


Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración del Pleno el siguiente



PUNTO DE ACUERDO


PRIMERO.- SE EXHORTA AL DIRECTOR GENERAL Y AUTORIDADES  DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL, A FIN DE QUE EN LA PRÓXIMA REVISIÓN DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO Y REVISIÓN SALARIAL CORRESPONDIENTE AL PRESENTE AÑO 2011,  SE LLEVE DE A CABO DE CONFORMIDAD CON LAS GARANTÍAS QUE CONSAGRA NUESTRA  CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 123 DEL PROPIO ORDENAMIENTO, ES DECIR, PROCURANDO SIEMPRE MEJORAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE SUS TRABAJADORES, CONSIDERANDO LA IMPORTANTE TAREA QUE DESEMPEÑA LA PLANTA DOCENTE Y  ESTABLECIENDO LAS PRERROGATIVAS Y DERECHOS NECESARIOS A FIN DE LOGRAR CONDICIONES DE TRABAJO MÁS JUSTAS, MÁS IGUALITARIAS Y SIN MENOSCABO DE SUS DERECHOS.

SEGUNDO.- SE EXHORTA AL DIRECTOR GENERAL Y AUTORIDADES DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL A FIN DE QUE LAS CONTROVERSIAS DE CARÁCTER LABORAL QUE SURJAN ENTRE ESTE Y SUS TRABAJADORES, CON MOTIVO DE LAS EXIGENCIAS LABORALES PLANTEADAS POR ESTOS ÚLTIMOS,  SE DIRIMAN SIEMPRE EN LA VÍA DE LA CONCERTACIÓN Y EL DIÁLOGO Y EN SU CASO, POR LAS INSTANCIAS LEGALES Y ANTE LOS TRIBUNALES COMPETENTES PREVIAMENTE ESTABLECIDOS.  

Dado en el Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los 19 días del mes de enero de 2011.

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