SINDICATO DE LA UNIÓN DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL
(SUTIEMS)
“ACERCA DE LA INVESTIGACIÓN EN EL IEMS-DF”
A todos los trabajadores al servicio del IEMS-DF
A las organizaciones sociales, políticas, sindicales,
campesinas, estudiantiles, culturales, indígenas,
populares y de derechos humanos
A los medios de comunicación
P R E S E N T E S :
La labor de investigación que debemos realizar los trabajadores académicos del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal (IEMS-DF), no está contemplada en el Proyecto Educativo del Instituto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de octubre del 2006, pero sí está considerada en el Estatuto Académico del mismo.
El Proyecto Educativo del IEMS-DF hace referencia a la figura de docentes-tutores únicamente y contempla como responsabilidad de los mismos brindar asesoría académica, dar seguimiento y acompañamiento al estudiante para identificar factores que ponen en riesgo la continuidad y permanencia de los estudiantes en la escuela, evaluar los aprendizajes, trabajar de forma colegiada con los docentes-tutores de su disciplina, realizar su planeación personal y colectiva con sus pares y participar activamente en su propia formación y desarrollo docente. En ningún momento se menciona la labor de investigación.
En cambio, en el Artículo 10 del Estatuto Académico del IEMS-DF, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de junio de 2006, se establece que “El personal docente desempeña funciones relativas a los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes en el trabajo grupal, las tutorías, estudio individual y colectivo, así como en las actividades de desarrollo einvestigación educativa”.
De hecho, el Estatuto Académico del IEMS-DF está integrado por un capítulo (el octavo) que abarca los aspectos relacionados con la investigación, los proyectos escolares y las publicaciones dentro del Instituto. En él se menciona que “La investigación, los proyectos escolares y publicaciones serán actividades que propongan las comunidades académicas de los planteles y las autoridades del Instituto, con el propósito de fortalecer los procesos de enseñanza y aprendizaje, la identidad de la Institución y el desarrollo pedagógico y educativo, en el marco del Modelo Educativo del Sistema” (Artículo 66 de dicho Estatuto).
También se menciona que “Los objetivos y desarrollo de las propuestas de investigación, proyectos escolares y publicaciones, deberán responder a las necesidades y requerimientos académicos e institucionales del Modelo Educativo” (Artículo 67 del Estatuto Académico del IEMS-DF), y que “El diseño y elaboración de las investigaciones, los proyectos escolares y publicaciones que propongan los docentes de cada plantel, se llevarán a cabo exclusivamente en las horas de desarrollo, destinadas para tal fin en el Modelo Educativo, observando que el trabajo con los estudiantes no sea afectado” (Artículo 68 del Estatuto Académico del Instituto).
En cuanto a los procedimientos de entrega, integración y revisión de las propuestas deinvestigación de los trabajadores académicos, así como la organización, desarrollo y evaluación de la misma, el Artículo 69 del Estatuto Académico del IEMS-DF menciona que “serán establecidos en los Lineamientos para el Desarrollo de Trabajos de Investigación, Proyectos Escolares y Publicaciones que para tal efecto emita el Instituto”, lo cual hasta el momento no se ha hecho o si se ha dado a conocer públicamente, tal como sucedió también con los Lineamientos Generales para el Programa de Evaluación del Desempeño Docente.
Por otra parte, el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) vigente en el IEMS-DF establece en su Cláusula 55, inciso 6, que “El personal que participe en tareas de investigación, deberá presentar un programa anual de trabajo de acuerdo con los planes y proyectos vigentes en EL INSTITUTO”. El personal al que se refiere dicha cláusula es el académico, es decir, los Docentes-Tutores-Investigadores (DTI’s) del IEMS-DF.
En la Cláusula 70 del CCT vigente en el IEMS-DF se menciona que “EL INSTITUTO Apoyará al personal académico con los medios necesarios para el desempeño de su trabajo”, y en la Cláusula 68 de dicho contrato se especifica que “EL INSTITUTO apoyará a los trabajadores académicos y administrativos en los trámites ante otras instituciones nacionales y extranjeras para obtener financiamiento para la realización de proyectos de investigación y docencia, siempre y cuando sean en beneficio del mismo”, además de que debe “Suscribir con instituciones de educación superior, convenios de colaboración recíproca a fin de fortalecer e implementar programas de capacitación e investigación, para los trabajadores del Instituto, así como Instituciones nacionales e internacionales de reconocida calidad académica, cuyos servicios considere conveniente la Comisión Mixta de Capacitación y Formación Profesional, de conformidad con el reglamento respectivo”, lo cual ni si quiera se considera ni menciona en el Plan de Trabajo Académico 2010-2011 del Director General del IEMS-DF, Dr. José de Jesús Bazán Levy.
Según el inciso 7 de la Cláusula 55 del CCT se establece que los trabajadores académicos delIEMS-DF deben “Entregar al INSTITUTO los materiales generados en el transcurso de lainvestigación, teniendo el trabajador un acceso prioritario al mismo”, y en el inciso 5 de la misma cláusula se estipula, como una obligación de los DTI’s, “Dar crédito al INSTITUTO en sus escritos, conferencias y ponencias cuando se refieran a temas y contenidos propios de las investigaciones y tareas desarrolladas en el INSTITUTO”.
El IEMS-DF está obligado, con base en la Cláusula 67 del CCT, “a difundir por todos los medios a su alcance los resultados de la investigación de sus trabajadores académicos y administrativos, respetando en todo caso los procedimientos existentes en la Institución siempre y cuando sean en su beneficio”, y los trabajadores académicos tienen derecho, con base en el inciso 1 de la Cláusula 59 de dicho contrato, a “Recibir apoyo y crédito en las publicaciones en que participen y en su caso a recibir ejemplares de las obras en las que hayan intervenido de conformidad con lo establecido por el Comité Editorial u órgano competente”, así como a recibir “Reconocimientos académicos con valor curricular por publicaciones institucionales, nacionales y extranjeras”, con base en el inciso b de la Cláusula 88 del CCT, mientras que “EL INSTITUTO respetará los derechos de autor de sus trabajadores”, tal como lo establece la Cláusula 69 del CCT, además de que “Los trabajadores tienen derecho a percibir regalías por concepto de derecho de autor por trabajos realizados al servicio de la institución conforme a la Ley aplicable”, lo cual también está considerado en la misma cláusula.
Todos estos elementos son los que rigen o deberían regir la labor de investigación de los trabajadores académicos del IEMS-DF, y las condiciones de trabajo para desarrollar dicha labor, que se encuentran contempladas en el CCT vigente en el Instituto, deben ser respetadas y pueden ser modificadas el próximo año con la revisión contractual que realizaremos los integrantes del Sindicato de la Unión de Trabajadores del IEMS-DF (SUTIEMS). Por ello es importante que todos los DTI’s del Instituto comencemos a revisar y discutir los criterios, características y condiciones en las cuales debe llevarse a cabo la investigación en el Instituto, para definir las propuestas de mejoramiento que deban incorporarse en el pliego petitorio del emplazamiento a Huelga para la revisión contractual del 2011.
Las condiciones en las cuales los DTI’s debemos desempeñar las funciones de docencia, tutoría e investigación son aspectos de índole laboral, por lo que no pueden separarse ni desligarse bajo el argumento de que “los asuntos académicos se distinguen de los laborales” que ha utilizado el Director General del IEMS-DF. Si habláramos de lo que se enseña, cómo se enseña y cómo se evalúa, o de cómo se imparte la tutoría y de lo que debería ser la investigación en el Instituto, seguramente el Dr. José de Jesús Bazán Levy tendría razón, pero en este caso no es así, porque estamos hablando de las condiciones de trabajo que se necesitan para desarrollar dichas labores académicas.
Finalmente la Cláusula 88 del CCT vigente en el IEMS-DF menciona que “Los trabajadores académicos tendrán derecho a realizar su trabajo con los principios de libertad de cátedra, deinvestigación, de difusión y de libre examen y discusión de las ideas; además de contar con las condiciones necesarias y adecuadas para realizar dicho trabajo con base en el plan y los programas de estudio del INSTITUTO”, lo cual no necesariamente se ha cumplido en la Preparatoria “José Revueltas Sánchez”, de la Delegación Venustiano Carranza, cuyos estudiantes y trabajadores llevan más de tres años en instalaciones provisionales inadecuadas para que “los alumnos aprendan y se desarrollen plenamente”.
De los trabajadores del IEMS-DF depende que consigamos y contemos con las condiciones necesarias y adecuadas para realizar nuestro trabajo, así como hacer valer dicho precepto establecido en el CCT.
¡POR EL RESPETO A LA BILATERALIDAD!
¡POR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO!
¡POR LA DEFENSA DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
Atentamente
¡Por educación y trabajo dignos!
Raúl Pérez Ríos
Secretario General del
Sindicato de la Unión de Trabajadores del
Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal
(SUTIEMS)
México, D.F., a 04 de octubre de 2010
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