sábado, 1 de octubre de 2011

Comunicado

México D.F. a 30 de septiembre de 2011.


Falso que el Partido del Trabajo  aliente o pida la prohibición de los debates entre precandidatos

* El PT ha pugnado por el respeto de las garantías individuales y colectivas de todos los mexicanos
* Se  manifiesta a favor de que todos candidatos tengan la oportunidad de exponer sus propuestas y planes de trabajo ante la ciudadanía.


Ante las acusaciones de algunos líderes de opinión en contra del Partido del Trabajo, que lo señalan como promotor  de la prohibición de debates entre candidatos a puestos de elección popular, este instituto político niega rotundamente lo anterior y aclara lo que realmente originó dicha proscripción por parte de las autoridades electorales.

Es falso que el Partido del Trabajo se pronuncie o se haya manifestado en algún momento por coartar la libertad de expresión y el derecho a la información, por el contrario, a lo largo de sus 20 años de existencia ha pugnado por el respeto de las garantías individuales y colectivas de todos los mexicanos.

El PT reafirma su vocación de trabajar para construir una democracia efectiva en la que se respeten los derechos de los mexicanos y se manifiesta a favor de que todos los partidos políticos y sus aspirantes a cargos de elección popular tengan la oportunidad de exponer sus propuestas y planes de trabajo ante la ciudadanía, de manera equitativa y justa, sin menoscabo de la libertad de expresión y el derecho a la información.

La polémica y confusión surgió cuando, indebidamente, el PAN y PRD que conformaban la extinta coalición “Nayarit Paz y Trabajo” compraron tiempo en Televisión local, para transmitir dos debates entre sus precandidatos.

Afirmamos que fue indebidamente de acuerdo a los artículos 41, fracciones III, apartado A, párrafos segundo y tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 49, 342, numeral 1, inciso i); 344, y 350 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que refieren precisamente a la adquisición de tiempo en radio y televisión.

Además, la propia Ley Electoral de Nayarit, en su artículo 45, señala que: “Los partidos políticos en ningún momento, por sí o por terceras personas, podrán contratar o adquirir, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión, o medios masivos de comunicación social”.

Por ello, el Partido del Trabajo únicamente se concretó a presentar una apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por la compra de tiempo en Televisión, ya que se trataba de una ilegalidad que en un momento dado le daba ventaja a los candidatos de dicha Coalición.

Lo que derivó en que la Sala Superior recaída en el expediente SUPRAP459/2011 dictaminara como una falta la adquisición indebida de tiempo en radio y televisión, en virtud de que sólo el Instituto Federal Electoral (IFE) está facultado para tal fin.

Resultado de un análisis serio y responsable, se concluyó que  la transmisión de los debates no se realizó como una actividad periodística de la emisora XHKGTV, canal 2 de Nayarit, y en ejercicio del derecho a la libertad de expresión, sino que es posible advertir que se tenía conocimiento previo de su transmisión.

Aunque finalmente la coalición “Nayarit, Paz y Trabajo” no logró concretarse, los debates posicionaron ante la opinión pública a los  precandidatos Martha Elena García Gómez (PAN), Guadalupe Acosta Naranjo (PRD) y a Jorge González González (PAN), dejando en desventaja al resto de los aspirantes por otros partidos.

Por lo tanto, es un error afirmar que la determinación del IFE, en acatamiento de una resolución del TEPJF, prohíba la celebración de debates entre precandidatos y sobre todo acusar al Partido del Trabajo de estar contra los debates.

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